AEIH advierte rentabilidad de 167% de las AFP es “usura e ignominia”
URGENTE , NECESARIO Y OPORTUNO
Ante la urgencia de dotar los centros de Salud Regionales y provinciales de equipos indispensable para las urgencias , como son los tomógrafos y otros equipos y personal especializado para ofrecer una mejor atención de salud a los ciudadanos.
Dada la alta preocupación mostrada por la Cámara de diputados para prestar auxilio al sector salud.
Constitución de la República Dominicana
TÍTULO II
DE LOS DERECHOS, GARANTÍAS Y DEBERES FUNDAMENTALES
CAPÍTULO I
DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES
SECCIÓN II
DE LOS DERECHOS ECONÓMICOS Y SOCIALES
- El Estado debe velar por la protección de la salud de todas las personas, el acceso al agua potable, el mejoramiento de la alimentación, de los servicios sanitarios, las condiciones higiénicas, el saneamiento ambiental, así como procurar los medios para la prevención y tratamiento de todas las enfermedades, asegurando el acceso a medicamentos de calidad y dando asistencia médica y hospitalaria gratuita a quienes la requieran;
- El Estado garantizará, mediante legislaciones y políticas públicas, el ejercicio de los derechos económicos y sociales de la población de menores ingresos y, en consecuencia, prestará su protección y asistencia a los grupos y sectores vulnerables; combatirá los vicios sociales con las medidas adecuadas y con el auxilio de las convenciones y las organizaciones internacionales.
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